Cabanillas del Campo cuenta con el servicio de un Juzgado de Paz, un órgano judicial unipersonal existente en aquellas localidades donde no hay un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

El Juzgado de Paz es el primero y más sencillo de los servicios dentro de la Administración de Justicia, encargándose de resolver cuestiones de relevancia menor con el fin de buscar el acuerdo entre las partes para evitar con ello mayores costes a la administración derivados de un proceso judicial más largo y, a veces, innecesario.

Atendido por el Juez de Paz, un juez lego (no profesional), designado de entre las candidaturas presentadas entre los vecinos del pueblo por acuerdo del Pleno de la Corporación, llevan a cabo funciones jurisdiccionales básicas bajo la tutela del Ministerio de Justicia, con personal funcionario propio dependiente del mismo y unas competencias claramente definidas:

– En material penal: conocimiento y fallo en primera instancia de los juicios de faltas que así tipifica el Código Penal, todas ellas consideradas faltas leves, siendo las más habituales los juicios de faltas por amenazas leves o injurias. En este tipo de juicios no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, por lo que las partes pueden comparecer en juicio por sí mismas, aportando las pruebas de que intenten valerse (testigos, documentos, etc).

En material civil: es competente para la celebración de actos de conciliación que pretenden ofrecer a las partes la posibilidad de resolver sus diferencias con carácter previo al juicio mediante la intervención del Juez de Paz, que pretende aproximar las posiciones de las partes. De alcanzarse un acuerdo se habrá resulto la disputa sin necesidad de acudir a juicio, con evidente ahorro de tiempo y coste económico, obteniendo, además, la protección legal suficiente para llevar a efecto lo acordado.

Actos de comunicación: necesarios, tanto dentro como fuera de la sede judicial, para cumplimentar los exhortos que recibe de los distintos juzgados de España, bien notificaciones, citaciones, emplazamientos o requerimientos referentes a personas que viven en dicho municipio.

Celebración de Matrimonios Civiles: desde la entrada en vigor de la modificación del Código Civil en marzo de 1995, existe la posibilidad de celebrar el matrimonio civil ante el Juez de Paz, previa autorización del juez encargado del Registro Civil.


A continuación se muestra los enlaces para la descarga de la documentación informativa y las solicitudes necesarias para los diversos trámites en el Registro Civil y Juzgado de Paz:

Documentación Informativa

Solicitudes

Se deben utilizar los modelos de solicitudes adjuntos, y el modo de solicitud puede ser:

a) Personalmente: los certificados se entregan en el momento.
b) Por correo postal o por correo electrónico: los certificados se envían por correo postal.


NUEVOS HORARIOS del REGISTRO CIVIL:

Desde el día 17 de julio hasta el 11 de septiembre de 2023 se abrirá sólo los martes en horario de 18,30 a 19,30 horas.

A partir del 12 de septiembre de 2023 el horario de apertura al público será el habitual, martes y jueves de 18,30 a 19,30 horas.

Juez de Paz Titular Tomás Cuenca Ágreda
Juez de Paz Suplente José Vicente Gilaberte Villaviejo
Secretarias Juzgado de Paz
Mercedes Peña Rojo (Funcionaria Cuerpo Gestión Procesal)
Ana Isabel Corral Alba (Funcionaria Cuerpo Auxilio Judicial)
Secretaria Registro Civil
Evangelina Roa Osorio
Ubicación C/ María Cristina nº9 (frente Consultorio Médico) 19171 Cabanillas del Campo
Horario Juzgado Paz: Martes y Viernes de 10 a 14 h. Registro Civil: Martes y Jueves de 18,30 a 19,30 h.
Horario estival Registro Civil: Solo Martes de 18,30 a 19,30 h. De 17 de julio a 11 de septiembre.
Contacto C/ María Cristina nº9 (frente Consultorio Médico) 19171 Cabanillas del Campo
Tlfno 949337653
Fax 949844438
Email REGISTRO CIVIL: registrocivil@aytocabanillas.org
Email JUZGADO DE PAZ: juzgadodepaz@aytocabanillas.org
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